Nueva ley de marihuana de Illinois ayuda a los no ciudadanos

2019-12-15 in Blog, Crimen e Inmigración

Nueva Ley de Marihuana en Illinois Ayuda a los No Ciudadanos

En Illinois, a partir del 1 de enero de 2020, el uso recreativo de marihuana será legal. Sin embargo, bajo las leyes de inmigración federales, su uso sigue siendo prohibido. Aunque la ley de Illinois no proporciona expresamente alivio para los no ciudadanos, una disposición relativamente no mencionada ofrece un beneficio notable para aquellos no ciudadanos que tienen condenas descalificantes por marihuana en su historial. Este breve artículo discutirá, primero, cuáles son los peligros al buscar cualquier beneficio como la residencia permanente legal o la naturalización de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos ("USCIS") en relación con el uso de marihuana y, segundo, cómo la nueva ley de Illinois abre la puerta para anular todas las condenas descalificantes por marihuana, ya sea por posesión o entrega.

Leyes federales pertinentes respecto a la posesión de Marihuana. Bajo la ley federal, la posesión de marihuana sigue siendo ilegal. Bajo el Título 21, Capítulo 841, el estatuto federal simplemente establece lo siguiente:

(a) Actos ilícitos: Excepto como lo autorice este subcapítulo, será ilegal para cualquier persona conocer o intencionalmente

(1) fabricar, distribuir o dispensar, o poseer con la intención de fabricar, distribuir o dispensar, una sustancia controlada;

(21 U.S.C. §841) (West, 2019). La marihuana, o "cannabis", se considera una "sustancia controlada" bajo el horario I de la Ley. 21 C.F.R. 1308.11(d)(23).

Bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad ("INA"), la posesión de marihuana es un delito descalificante para aquellos que buscan la residencia permanente así como para aquellos que buscan la naturalización. Para aquellos que buscan la residencia permanente, no solo una condena, sino también cualquier "admisión" al uso de marihuana podría resultar en una denegación. Igualmente, para aquellos que buscan la naturalización, no solo una condena, sino también cualquier "admisión" podría resultar en ser negada la naturalización como un fracaso para tener un "buen carácter moral" bajo la INA.

 Legalización de la Posesión de Marihuana, Nueva Ley de Illinois P.A. 101-27 (eff. 6-25-19). Los fiscales de Illinois no hacen distinción entre ciudadanos y no ciudadanos y, por lo tanto, es improbable que alguien, ya sea ciudadano o no, reciba una "condena" por posesión de marihuana en Illinois siempre que sea menos de 30 gramos para residentes de Illinois, y menos de 15 gramos para no residentes de Illinois. También vale la pena mencionar que no todo uso de marihuana es legal: (a) no debe fumarse en público, (b) si se transporta en un vehículo, debe ser inaccesible durante el transporte, es decir, en el maletero y en un contenedor sellado, y (c) uno no puede estar bajo la influencia mientras conduce.

 El problema para los no ciudadanos es que por cualquier arresto USCIS muchas veces solicita una copia del informe policial incluso si no hubo condena. USCIS puede requerir una explicación de lo que sucedió durante el arresto, generalmente buscando cualquier pista de si hubo violencia, drogas o armas involucradas. Si USCIS ve en el informe policial que se involucró marihuana y, en la entrevista, el no ciudadano admite al oficial de USCIS haber usado marihuana, aunque nunca fue acusado y condenado por ello, sería una base para negar el alivio y, dependiendo de las circunstancias, colocar al no ciudadano en procedimientos de remoción. Por lo tanto, es aconsejable retener a un abogado para cualquier solicitud de residencia permanente o naturalización cuando haya algún arresto por marihuana, a pesar del reciente cambio en la ley de Illinois.

Tiempo para iniciar los procedimientos de post-condena, P.A. 101-27. Bajo la nueva ley de Illinois, aquellos con condenas por marihuana por posesión bajo la Sección 4 o Sección 5 de la Ley de Control de Cannabis, pueden buscar anular sus condenas, aparentemente sin importar la fecha de condena.

La ley establece muy simplemente:

Cualquier individuo puede presentar una moción para vaciar y expurgar una condena por una violación menor o delito de Clase 4 de la Sección 4 o Sección 5 de la Ley de Control de Cannabis.

20 ILCS 2630/5.2(i)(3). P.A. 101-27. Esta disposición no solo permite la vacatura de condenas por posesión, sino también condenas por entrega bajo la Sección 5 de la Ley de Control de Cannabis. Es importante para los no ciudadanos entender que la mera expurgación es insuficiente bajo la ley de inmigración federal; una vacatura completa de la condena, cumpliendo con los requisitos bajo la jurisprudencia de la Junta de Apelaciones de Inmigración es necesaria para borrar completamente cualquier condena, incluyendo condenas por sustancias controladas por posesión y/o entrega de marihuana. A pesar de la dificultad para cumplir estos requisitos, el requisito más difícil que hemos encontrado es que la persona ha permitido que pasen más de tres (3) años desde la fecha de la condena, lo que somete la petición al despido inmediato en el tribunal penal. Ahora, sin embargo, la nueva ley de legalización de Illinois ha comenzado el reloj nuevamente para que los jueces penales revisen y anulen estas condenas. Si usted es un no ciudadano que tiene una condena por posesión o entrega de marihuana en su historial, ahora es el momento de discutir con un abogado si califica para anular la condena y proceder a solicitar ya sea la residencia permanente o la naturalización con USCIS. Dependiendo de sus circunstancias, puede tener muy poco tiempo para hacerlo, pero en la mayoría de los casos sería aproximadamente 2 años, hasta finales de 2021.

Consecuencias Migratorias de Conducir Bajo la Influencia

2015-09-15 in Blog, Crimen e Inmigración

Consecuencias Migratorias de Conducir Bajo la Influencia

Las condenas por conducir bajo la influencia del alcohol (“DUI”) tienen diferentes grados de severidad para el no ciudadano, dependiendo del estatus del no ciudadano en Estados Unidos. Hay cuatro categorías de no ciudadanos para considerar los efectos de una condena por DUI. Este artículo discutirá las consecuencias, primero, para alguien que entró sin inspección, es decir, “ilegalmente”, o “sin papeles”. Segundo, discutirá una condena para aquellos que han excedido el tiempo de sus visas y por lo tanto se consideran “sobrestadías”. En la tercera categoría están aquellos que pueden calificar para la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (“DACA”). Y, cuarto, están aquellos que tienen estatus de residencia permanente legal. Al final de este artículo discutiremos el mejor curso de acción que puede tomar para evitar una condena por DUI.

Sin Inspección. Para estas personas las consecuencias pueden ser graves. Es nuestra experiencia que como resultado de un DUI, especialmente alguien que vive en las áreas fuera de Chicago, una persona puede encontrarse ante un Juez de Inmigración enfrentando procedimientos de remoción como resultado de un arresto por DUI. La mera ocurrencia de un arresto es suficiente en algunas jurisdicciones para llamar la atención de la Oficina de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU. (“USICE”), quienes procesan a la persona para ser colocada en procedimientos ante un Juez de Inmigración, llamados procedimientos de “remoción”. En Chicago, típicamente esto no es el caso a menos que la persona reciba una sentencia de confinamiento en la cárcel.

Muchas personas que han estado aquí por mucho tiempo, en particular más de 10 años, pueden solicitar la “Cancelación de Remoción para no Residentes Legales Permanentes” ante la Corte de Inmigración si él o ella pueden demostrar que tienen un cónyuge, hijo o padre ciudadano estadounidense que sufriría una dificultad extrema y excepcional si él o ella son removidos de EE. UU. Pero una condena por DUI hace muy difícil demostrar el buen carácter moral requerido ante un Juez de Inmigración. En otras palabras, un Juez de Inmigración probablemente no va a tomar el riesgo de que alguien que ha sido atrapado bebiendo y conduciendo no dejará de hacerlo y, por lo tanto, no continuará poniendo en peligro las vidas de las personas. Una persona en esta situación, que no tiene estatus, puede tener la oportunidad de obtener la Cancelación de Remoción si la condena por DUI es de muchos años atrás y la dificultad para el ciudadano estadounidense es verdaderamente excepcional. Por lo tanto, la lección aquí es que si está en EE. UU. sin estatus debe hacer todo lo posible para impugnar los cargos para obtener un veredicto de “no culpable” por el juez o jurado criminal o tener el caso desestimado en una moción previa al juicio para suprimir el arresto.

Muchas personas sin inspección también califican para el nuevo programa de “Exención Provisional” si él o ella tiene una esposa ciudadana estadounidense o un hijo o hija ciudadano estadounidense mayor de 21 años para patrocinarlo. De nuevo, una condena por DUI hará este proceso difícil si no imposible. Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (“USCIS”), que procesan estas exenciones, considerarán su condena por un DUI descalificante si ocurrió en los últimos tres años o descalificante de manera permanente si ha tenido más de una. USCIS y el Departamento de Estado de EE. UU. (que procesa las visas de inmigrante) encontrarán a tal persona “inadmisible” bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad (“INA”) como un “borracho habitual”. De nuevo, la lección aquí es que si tiene la oportunidad de obtener estatus en EE. UU. a través del programa de Exención Provisional no debe aceptar una declaración de culpabilidad por un cargo de DUI a menos que usted y su abogado estén completamente convencidos de que nunca tendría éxito en el juicio. Ha sido nuestra experiencia que muchas personas han venido a nosotros buscando asistencia ya sea en la Corte de Inmigración o con el procesamiento consular solo para tener sus oportunidades arruinadas por haberse declarado culpables imprudentemente de un cargo por DUI. De nuevo, la lección es no tener una condena por DUI.

Ha sido nuestra experiencia que una condena por DUI también hará que sus oportunidades de obtener “discreción fiscal” sean muy difíciles si no imposibles. Bajo una nueva iniciativa del presidente Obama hace varios años, autorizó a los abogados del gobierno a cerrar casos de remoción si las circunstancias del caso indicaban que el no ciudadano tiene lazos con Estados Unidos, por ejemplo, familia, negocios, hogar, y tiene un historial criminal limpio. Aunque técnicamente un DUI es solo un delito menor, es suficiente para convertirse en un obstáculo para obtener discreción fiscal. De nuevo, la lección es luchar contra un cargo de DUI si ha ingresado a EE. UU. sin inspección.

Sobrestadías. Para alguien que ingresó a EE. UU. legalmente, pero ha excedido su visa, es probable que sea colocado en procedimientos por estar fuera de estatus si llama la atención de USICE como resultado de un arresto por DUI. Dado que las personas que ingresaron legalmente pueden ser patrocinadas por un cónyuge ciudadano estadounidense o un hijo o hija mayor de 21 años, en esta situación, no tienen la misma carga difícil de prueba de buen carácter moral como se requiere para alguien que ingresó ilegalmente. Por ejemplo, si un cónyuge ciudadano estadounidense presenta una petición por él o ella, una condena por DUI tiene poca consecuencia en el procedimiento de ajuste. Pero, si carecen de tal patrocinador, por ejemplo, ya no están casados, entonces la persona tendría que buscar la Cancelación de Remoción para no Residentes Legales Permanentes y enfrentaría la misma carga de prueba que una persona que ingresó sin inspección como se discutió anteriormente.

Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (“DACA”). Para un no ciudadano que ingresó sin inspección o es un sobrestadía, solicitar DACA siempre es una opción. Los requisitos principales para DACA son que el no ciudadano ingresó a EE. UU. antes de cumplir 16 años de edad, tenía menos de 31 años al 15 de junio de 2012, y tiene al menos un diploma de escuela secundaria o GED. Sin embargo, además, hay barras por delitos penales. Uno de esos es el DUI, que se considera un “delito menor significativo” que impide la concesión de DACA.

Residentes Permanentes Legales. Para estas personas, una condena por DUI es realmente solo una molestia si solo tiene una. Una condena por DUI no es suficiente para justificar ser colocado en procedimientos de remoción, a menos que haya otras circunstancias agravantes, como muerte, daño o daño extenso a la propiedad. Un residente permanente legal puede buscar ser naturalizado incluso con un DUI en su historial y USCIS generalmente otorgará la Naturalización incluso si hay un DUI reciente. Al mismo tiempo, sin embargo, la concesión de la Naturalización es discrecional, por lo que si el DUI es demasiado reciente, es decir, dentro del último año, o la persona aún está en libertad condicional o supervisión, es poco probable que se conceda la naturalización hasta que se complete. Además, si hay más de un DUI, las posibilidades aumentan de que la Naturalización sea denegada si la solicitud es dentro de los 5 años de la última condena, pero no siempre es el caso si hay otros factores positivos. El período de tiempo para cumplir con el requisito de “buen carácter moral” bajo la INA es de 5 años. Por lo tanto, si desea estar seguro de que se le otorgará la Naturalización y tiene más de un DUI, recomendamos esperar el período de 5 años desde la fecha de la orden que emite la última condena por DUI.

¿Qué puede hacer si lo acusan de DUI? El mejor curso de acción es contratar a un buen abogado de inmigración para que le asesore y lo guíe a través del proceso si lo acusan de DUI, especialmente si no es un residente permanente legal. Podemos recomendar y trabajar con buenos abogados defensores penales que podrán explicarle sus posibilidades de ganar en el juicio después de revisar la evidencia. Hay una multitud de formas de impugnar un cargo de DUI, incluyendo impugnar la precisión de la prueba de aliento o de sangre, la precisidad de las pruebas de campo, etc. Además, según nuestras recomendaciones, el abogado defensor penal también podría encontrar una forma de suprimir el arresto por falta de una causa probable para arrestar en primer lugar, por ejemplo, no estaba zigzagueando, acelerando, o haciendo nada mal cuando lo detuvieron.

Conclusión. Es nuestra opinión que aquellos sin estatus, a diferencia de aquellos que son residentes legales permanentes, tienen demasiado que perder al declararse culpables imprudentemente en casos de DUI. Se debe evitar una declaración de culpabilidad a toda costa contratando a un buen abogado de inmigración para trabajar con un buen abogado defensor penal de renombre.

Reconocemos que siempre existe el riesgo de que al llevar un caso a juicio, y perder, un acusado de DUI enfrentará tiempo en la cárcel y, al obtener tiempo en la cárcel, entonces llamará la atención de USICE. Por otro lado, cuando una persona se declara culpable y solo obtiene libertad condicional, las posibilidades son mejores de que no resulte en llamar la atención de USICE ya que no hay tiempo en la cárcel involucrado. Esta es la forma en que los fiscales y abogados defensores penales trabajan para convencer a todos los acusados de declararse culpables, es decir, señalando que el tiempo en la cárcel es posible o probable si impugna el caso y pierde. Es importante tener en cuenta lo siguiente: primero, esto no siempre es el caso; varía según la jurisdicción y por juez y depende de si hay algún antecedente penal previo. Un buen abogado defensor penal podrá informarle qué podría suceder en caso de que pierda después del juicio. Y si el caso está fuera de Chicago, es probable que incluso antes de que se complete el caso de DUI, la persona ya haya sido colocada en procedimientos de remoción por USICE. Por lo tanto, impugnar el caso de DUI y obtener tiempo en la cárcel no tiene consecuencias para ser puesto en procedimientos de remoción ante un Juez de Inmigración: lo peor ya ha sucedido, la persona ya ha llamado la atención de USICE. Por lo tanto, la lección aquí es que una persona que no tiene estatus no debe tener miedo de impugnar su caso en la mayor medida posible, especialmente si fue arrestado fuera de Chicago, donde probablemente ya haya llamado la atención de USICE. Y, si en Chicago, la persona debe averiguar con el abogado defensor penal qué podría suceder si hubiera un veredicto de culpable después de impugnar el caso.

Para la mayoría de las personas, preservar la capacidad de obtener estatus legal en EE. UU. con todos sus beneficios, tanto financieros como emocionales, vale la pena el riesgo de unos días en la cárcel y habrían tomado este riesgo si hubieran conocido las graves consecuencias adversas de una condena por DUI.