{"id":4781,"date":"2018-11-18T10:43:42","date_gmt":"2018-11-18T10:43:42","guid":{"rendered":"https:\/\/chicagoimmigrationlawyers.net?p=4781"},"modified":"2018-11-18T10:43:42","modified_gmt":"2018-11-18T10:43:42","slug":"daca-and-adjustment-of-status","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/chicagoimmigrationlawyers.net\/es\/daca-y-ajuste-de-estatus\/","title":{"rendered":"DACA y ajuste de estatus"},"content":{"rendered":"En las \u00faltimas semanas, varias personas con las que hemos hablado han preguntado sobre su elegibilidad para el Ajuste de Estatus por matrimonio con un ciudadano estadounidense si han recibido la Acci\u00f3n Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA). Se ha comentado ampliamente que DACA no fue concebido como una v\u00eda hacia la ciudadan\u00eda. Sin embargo, en algunos casos podr\u00eda serlo, pero nuestra interpretaci\u00f3n es que se limita a quienes se encuentran en circunstancias particulares.\n\nComenzaremos hablando sobre algunos conceptos de la ley de inmigraci\u00f3n. Primero, el &#8220;Ajuste de Estatus&#8221; es el t\u00e9rmino que se utiliza para obtener la residencia permanente legal en los Estados Unidos. Para ser elegible para el Ajuste de Estatus, la persona debe ingresar a los EE. UU. legalmente, es decir, tras ser inspeccionada por un oficial de inmigraci\u00f3n. Esto se diferencia del \u201cprocesamiento consular\u201d, mediante el cual una persona obtiene la residencia permanente legal a trav\u00e9s de una visa de inmigrante obtenida fuera de los EE. UU. Quienes ingresaron sin inspecci\u00f3n deben salir de los EE. UU. para obtener una visa de inmigrante y est\u00e1n sujetos a una prohibici\u00f3n de entrada de 10 a\u00f1os al salir, ya que han permanecido en los EE. UU. ilegalmente durante m\u00e1s de un a\u00f1o (una exenci\u00f3n o la exenci\u00f3n \u201cprovisional\u201d condona esta presencia ilegal; si alguien opta por el procesamiento consular mediante la exenci\u00f3n provisional, no necesita salir de los EE. UU. por m\u00e1s de uno o dos d\u00edas). La emisi\u00f3n de DACA, por s\u00ed sola, no constituye una admisi\u00f3n que pueda utilizarse para el ajuste de estatus y, por lo tanto, el procesamiento consular, ya sea con una exenci\u00f3n regular o provisional, es una muy buena opci\u00f3n si tienen un c\u00f3nyuge ciudadano estadounidense. Es importante tener en cuenta que DACA es simplemente una directiva del Presidente que permite a quienes cumplen con sus requisitos permanecer aqu\u00ed con autorizaci\u00f3n de trabajo para que puedan continuar su educaci\u00f3n y trabajar, a pesar de haber ingresado ilegalmente, y fue cuidadosamente dise\u00f1ada para no conferir ning\u00fan estatus.\n\nPor lo tanto, como se mencion\u00f3 anteriormente, las personas que ingresaron ilegalmente al pa\u00eds, en la mayor\u00eda de los casos, no pueden regularizar su estatus migratorio. Sin embargo, una excepci\u00f3n al requisito de ingreso legal es la amnist\u00eda de 2001, que permite a quienes presentaron una solicitud para un solicitante antes del 30 de abril de 2001 pagar solo una multa de $1,000 y regularizar su estatus migratorio, incluso si ingresaron ilegalmente a los Estados Unidos. Por consiguiente, esta informaci\u00f3n aplica a los beneficiarios de DACA que: (a) ingresaron ilegalmente al pa\u00eds; (b) est\u00e1n casados con un ciudadano estadounidense; (c) nunca se present\u00f3 una petici\u00f3n de trabajo o familiar para ellos o sus padres antes del 30 de abril de 2001; y (d) despu\u00e9s de cumplir su primer a\u00f1o en el pa\u00eds, no regresaron a los Estados Unidos.\n\nPara que los beneficiarios de DACA puedan ajustar su estatus, deben haber obtenido un permiso de reingreso anticipado para salir de los Estados Unidos y, de hecho, haber salido del pa\u00eds y regresado. El permiso de reingreso anticipado es un proceso mediante el cual el USCIS autoriza a una persona a reingresar a los Estados Unidos por razones espec\u00edficas. El reingreso al pa\u00eds constituye la admisi\u00f3n necesaria para el ajuste de estatus. Sin embargo, el USCIS solo otorga el permiso de reingreso anticipado en circunstancias limitadas que se detallan en su sitio web, incluyendo razones humanitarias (por ejemplo, visitar a un familiar enfermo), fines educativos (por ejemplo, un programa de estudios en el extranjero) o fines laborales (por ejemplo, conferencias de trabajo). Consulte http:\/\/www.uscis.gov\/humanitarian\/consideration-deferred-action-childhood-arrivals-process\/frequently-asked-questions.\n\nTras la decisi\u00f3n de la Junta de Apelaciones de Inmigraci\u00f3n de 2012, Asunto Arrabally y Yerrabelly, 25 I&amp;N Dec. 221, el Departamento de Seguridad Nacional expres\u00f3 su intenci\u00f3n de adoptar la interpretaci\u00f3n de que salir del pa\u00eds en virtud de un Permiso Anticipado de Reingreso no se considera una \u00absalida\u00bb que active la prohibici\u00f3n de reingreso de 3 y 10 a\u00f1os. V\u00e9ase el Memor\u00e1ndum de Jeh Johnson, Secretario del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU., \u00abDirectiva para proporcionar coherencia en relaci\u00f3n con el Permiso Anticipado de Reingreso\u00bb (20 de noviembre de 2014). Por lo tanto, los beneficiarios de DACA a quienes se les concede un permiso de reingreso a EE. UU. despu\u00e9s de viajar al extranjero, que son beneficiarios de una petici\u00f3n de visa y para quienes hay una visa disponible de inmediato (es decir, cuando un c\u00f3nyuge ciudadano estadounidense solicita la visa), deber\u00edan poder solicitar la residencia mientras permanecen en EE. UU. sin tener que lidiar con esta prohibici\u00f3n espec\u00edfica de la Ley de Inmigraci\u00f3n.\n\nA pesar de esto, consideramos que los beneficiarios de DACA deben usar el proceso de permiso de reingreso anticipado con precauci\u00f3n. Primero, debe existir una raz\u00f3n leg\u00edtima para solicitar permiso para salir de los EE. UU., y no simplemente la intenci\u00f3n de obtener un ajuste de estatus. Lo m\u00e1s importante es que debe estar respaldado por documentaci\u00f3n suficiente. Segundo, no se debe solicitar el permiso de reingreso anticipado si la persona sali\u00f3 y regres\u00f3 a los EE. UU. despu\u00e9s de haber ingresado originalmente, es decir, si ingres\u00f3 a los EE. UU. dos o m\u00e1s veces. Esto se debe a que podr\u00eda incurrir en una prohibici\u00f3n de reingreso de 10 a\u00f1os diferente y m\u00e1s estricta (distinta de la mencionada anteriormente) por haber permanecido ilegalmente en los EE. UU. durante m\u00e1s de un a\u00f1o y luego haber salido y reingresado o intentado reingresar. Nuestra experiencia indica que, incluso en este caso, el USCIS puede emitir un documento de permiso de reingreso anticipado y, al intentar ingresar con \u00e9l, la Oficina de Aduanas y Protecci\u00f3n Fronteriza de los EE. UU. (USCBP) le negar\u00e1 la entrada por haber violado esta disposici\u00f3n. Aunque parezca l\u00f3gico que el USCIS no emita el documento si no se tiene derecho a regresar, no es as\u00ed.\n\nEs importante destacar que la mayor\u00eda de los beneficiarios de DACA casados con ciudadanos estadounidenses tambi\u00e9n califican para la exenci\u00f3n provisional, la cual debe considerarse como una buena alternativa si no existen razones leg\u00edtimas para salir de los Estados Unidos. Adem\u00e1s, es posible que el USCIS o el USCBP formulen preguntas sobre el estado civil. Si se revela que la persona est\u00e1 casada con un ciudadano estadounidense, es probable que la solicitud de permiso de viaje anticipado sea examinada minuciosamente y, posiblemente, denegada. Asimismo, una vez que el USCIS apruebe el permiso de viaje anticipado, el USCBP tambi\u00e9n realizar\u00e1 una inspecci\u00f3n al ingresar al pa\u00eds, y tiene la facultad de denegar la entrada. Es posible que los oficiales del USCBP pregunten si la persona tiene la intenci\u00f3n de casarse despu\u00e9s de ingresar a los Estados Unidos o si tiene la intenci\u00f3n de ajustar su estatus migratorio despu\u00e9s de ingresar, en caso de estar ya casada, lo cual podr\u00eda ser motivo para denegar la entrada. Por lo tanto, creemos que si una persona est\u00e1 casada con un ciudadano estadounidense y es beneficiaria de DACA, sus razones para salir de los Estados Unidos con un permiso de viaje anticipado deben ser s\u00f3lidas y estar respaldadas con suficiente documentaci\u00f3n. Adem\u00e1s, si uno a\u00fan no est\u00e1 casado, deber\u00eda abstenerse de contraer matrimonio hasta despu\u00e9s de haber salido del pa\u00eds y haber regresado con permiso de reingreso. En cualquier caso, si las razones para salir del pa\u00eds son d\u00e9biles, tanto el USCIS como el USCBP sospechar\u00e1n que se pretende evadir las leyes de inmigraci\u00f3n y denegar\u00e1n la solicitud de permiso de reingreso o, peor a\u00fan, le negar\u00e1n la entrada en la frontera una vez que haya salido.\n\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En las \u00faltimas semanas, varias personas con las que hemos hablado han preguntado sobre su elegibilidad para el Ajuste de Estatus por matrimonio con un ciudadano estadounidense si han recibido la Acci\u00f3n Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA). Se ha comentado ampliamente que DACA no fue concebido como una v\u00eda hacia la ciudadan\u00eda. 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