Jimenez-Aguilar v. Barr
977 F.3d 603 (7th Cir. 2020)
Corte de Apelaciones del Séptimo Circuito
*Caso Precedente
El 31 de julio de 2020, la Corte de Apelaciones del Séptimo Circuito ordenó que se celebrara una nueva audiencia para un ciudadano hondureño, representado por Carla I. Espinoza de Chicago Immigration Advocates Law Offices, cuya moción para una nueva audiencia fue denegada por la Junta de Apelaciones de Inmigración.
Chicago Immigration Advocates Law Offices, a través de la abogada Carla I. Espinoza, representó al Sr. Jiménez después de que la Junta de Apelaciones de Inmigración negara su moción para una nueva audiencia. La Sra. Espinoza presentó una Petición de Revisión ante la Corte de Apelaciones del Séptimo Circuito, alegando que su anterior abogado proporcionó "asistencia letrada ineficaz" cuando desalentó al Sr. Jiménez a solicitar asilo, a pesar de que su madre había sido previamente concedida asilo. La Sra. Espinoza argumentó que no solo el abogado anterior del Sr. Jiménez fue ineficaz, sino también que la Corte de Inmigración falló al no notificar al Sr. Jiménez que el asilo o la retención eran beneficios potenciales bajo las regulaciones cuando expresó que sería perjudicado si regresaba a Honduras. Afirmó que temía la violencia de las pandillas porque su madre recibió amenazas de muerte de las pandillas como resultado de su posición en un consejo comunitario.
La Sra. Espinoza persuadió al Séptimo Circuito de que cuando alguien como el Sr. Jiménez articula una base reconocible para el asilo, (1) los jueces de inmigración tienen el deber obligatorio de informar a los no ciudadanos sobre la disponibilidad de asilo y retención de remoción; y (2) cuando el juez de inmigración no lo hace, el no ciudadano tiene derecho a una nueva audiencia.
El tribunal dijo lo siguiente:
"Si Jimenez-Aguilar hubiera expresado solo un temor a la violencia generalizada en Honduras, como creía la Junta, el IJ no habría necesitado notificarle sobre la posibilidad de asilo. Pero Jimenez-Aguilar le dijo al IJ que temía persecución por parte de las pandillas en Honduras debido a su relación con su madre, quien había recibido asilo basado en estas amenazas. El IJ debería haber dado el asesoramiento reglamentario, lo que podría haber llevado a más evidencia sobre temas como si el gobierno es cómplice de la violencia privada."
El trabajo de la Sra. Espinoza crea un importante precedente legal que ha impactado cómo los tribunales de inmigración, así como los tribunales de circuito en todo el país, adjudicarán casos de no ciudadanos que buscan asilo y protección por retención al aclarar los estándares legales correctos que deben aplicarse.
* El caso es, primero, una decisión publicada (muchas decisiones del tribunal no son lo suficientemente importantes como para ser publicadas), y, segundo, su declaración de la ley es tan importante que las futuras partes confían en ella en sus argumentos en sus casos ante los tribunales.